¿Qué implicaciones tiene que el SAT acceda a datos de plataformas digitales como Netflix y Tinder?
Jueves, 16 de octubre del 2025 a las 13:02
Fotografía: Inteligencia Artificial
La Cámara de Diputados aprobó una reforma que permitirá al Servicio de Administración Tributaria (SAT) tener acceso en tiempo real y de forma permanente a los datos generados por plataformas de streaming, como Netflix, HBO Max, aplicaciones de citas, entre ellas Tinder y Bumble, plataformas de enseñanza a distancia, marketplaces, páginas de test, así como de ejercicios en línea.
La iniciativa, promovida por el gobierno de la presidenta, Claudia Sheinbaum, incluida en el Paquete Económico 2026, ha generado un amplio debate en torno a los límites de la fiscalización, la protección de datos personales y las posibles implicaciones para la economía.
De acuerdo con las autoridades, la iniciativa, que adiciona el artículo 30-B al Código Fiscal de la Federación, tiene como objetivo:
Prevenir la evasión fiscal.
Supervisar las actividades de la economía digital.
Facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
¿A qué información tendría acceso el SAT?
La Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados señaló que el órgano se limitará “a la información que permita comprobar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales”, como:
Registros de operaciones y transacciones.
Comprobantes de pago emitidos.
Historial de facturación.
Datos de suscripción o consumo con relevancia fiscal.
En caso de que alguna empresa que ofrezca estos servicios se niegue a otorgar el acceso requerido, el SAT podrá ordenar un bloqueo temporal, medida que afectaría directamente a los usuarios, quienes no podrían utilizar la plataforma.
Se prevé que, de ser avalada, la medida entre en vigor el 1 de abril de 2026
Aunque el dictamen ya fue aprobado en la Cámara de Diputados, aún está pendiente su discusión en el Senado de la República.
Frente a este panorama, la organización Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) advirtió que la reforma representa una amenaza para el derecho a la privacidad y la libertad de expresión.
“permite una invasión total y permanente de la información de la ciudadanía sin necesidad de probar que existen razones reales para acceder a ella”, señaló R3D.